Lo primero es tener la conciencia de que la humanidad está dañando el planeta.
Segundo, es importante saber que los poderosos del mundo son los que tienen la capacidad de hacer la diferencia con el problema de que, no les importa, el negocio del petróleo, de los automóviles, de la guerra, etc. es muy grande y no les interesa en negocios alternativos que bajen sus ganancias.
Sin embargo, podemos poner nuestro granito de arena y comenzar a hacer la montaña entre todos. Como? Bueno pasito a pasito: aprendiendo a reciclar y enseñarlo sobre todo a los niños, dar el ejemplo de no tirar basura al suelo, usar nuestro automóvil lo menos posible, evitar el uso de plásticos y fomentar el uso de envases retornables, productos orgánicos, etc.
lunes, 19 de noviembre de 2012
katherine rincon y tatiana marcela garcia castañeda
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ATT: CAMILA CALDERON Y MAIKOL ANDRES JIMENEZ 901
PROTOCOLO DE KYOTO
EL PROTOCOLO DE KYOTO FUE SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO POR LA CMNUCC (CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO TIENE POR REDUCIR LAS EMISIONES DE 6 GASES DE EFECTO INVERNADERO QUE CAUSA EL CALENTAMIENTO GLOBAL: DIÓXIDO DE CARBONO, GAS METANO, OXIDO NITROSO, ADEMAS 3 GASES INDUSTRIALES FLUORADOS: HIDROFLUORACARBONO. CADA PAÍS OBLIGADO POR KYOTO TIENE SUS PROPIOS PORCENTAJES DE EMISIÓN PUES DEBE DISMINUIR A NIVEL GLOBAL.
DECLARACIÓN DE RIÓ DE JANEIRO
PRINCIPIO 1
Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
PRINCIPIO 2
De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias politicas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los limítes de la jurisdicción nacional.
PRINCIPIO 3
El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
PRINCIPIO 4
A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.
PRINCIPIO 5
Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.
PRINCIPIO 6
Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio ambiente y al desarrollo también se deberían tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los países.
PRINCIPIO 7
Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen.
PRINCIPIO 8
Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
PRINCIPIO 9
Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías nuevas e innovadoras.
PRINCIPIO 10
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.
protoclo de kyoto y declaracion del rio de janeiro
Resumen del protocolo de kyoto
Los delegados celebran la aprobación del Protocolo en 1997. Hizo falta todo un año para que los países miembros de la Convención Marco sobre el Cambio climático decidieran que la Convención tenía que incorporar un acuerdo con exigencias más estrictas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
La Convención entró en vigor en 1994, y ya en 1995 los gobiernos habían iniciado negociaciones sobre un protocolo, es decir, un acuerdo internacional vinculado al tratado existente, pero con autonomía propia. El texto del Protocolo de Kyoto se adoptó por unanimidad en 1997.
* La principal característica del Protocolo es que tiene objetivos obligatorios relativos a las emisiones de gases de efecto invernadero para las principales economías mundiales que lo hayan aceptado. Estos objetivos van desde -8% hasta +10% del nivel de emisión de los diferentes países en 1999 "con miras a reducir el total de sus emisiones de esos gases a un nivel inferior en no menos de 5% al de 1990 en el período de compromiso comprendido entre el año 2008 y el 2012". En casi todos los casos, incluso en los que se ha fijado un objetivo de +10% de los niveles de 1990, los límites exigen importantes reducciones de las emisiones actualmente proyectadas. Se prevé el establecimiento de objetivos obligatorios futuros para los “períodos de compromiso” posteriores a 2012. Éstos se negociarán con suficiente antelación con respecto a los períodos afectados.
* Los compromisos contraídos en virtud del Protocolo varían de un país a otro. El objetivo global del 5% para los países desarrollados debe conseguirse mediante recortes (con respecto a los niveles de 1990) del 8% en la Unión Europea (UE [15]), Suiza y la mayor parte de los países de Europa central y oriental; 6% en el Canadá; 7% en los Estados Unidos (aunque posteriormente los Estados Unidos han retirado su apoyo al Protocolo), y el 6% en Hungría, Japón y Polonia. Nueva Zelandia, Rusia y Ucrania deben estabilizar sus emisiones, mientras que Noruega puede aumentarlas hasta un 1%, Australia un 8% (posteriormente retiró su apoyo al Protocolo) e Islandia un 10%. La UE ha establecido su propio acuerdo interno para alcanzar su objetivo del 8% distribuyendo diferentes porcentajes entre sus Estados Miembros. Estos objetivos oscilan entre recortes del 28% en Luxemburgo y del 21% en Dinamarca y Alemania a un aumento del 25% en Grecia y del 27% en Portugal.
* Para compensar las duras consecuencias de los “objetivos vinculantes”, el acuerdo ofrece flexibilidad en la manera en que los países pueden cumplir sus objetivos. Por ejemplo, pueden compensar parcialmente sus emisiones aumentando los “sumideros” –bosques, que eliminan el dióxido de carbono de la atmósfera. Ello puede conseguirse bien en el territorio nacional o en otros países. Pueden pagar también proyectos en el extranjero cuyo resultado sea una reducción de los gases de efecto invernadero. Se han establecido varios mecanismos con este fin (véanse los apartados sobre “comercio de derechos de emisión”, el “Mecanismo para un desarrollo limpio” y la “aplicación conjunta”.
* El Protocolo de Kyoto ha avanzado lentamente: se encuentra todavía en lo que se conoce con el nombre de “fase de ratificación”, y es un acuerdo complicado. Razones no faltan. El Protocolo no sólo debe ser eficaz frente a un problema mundial también complicado; debe ser también políticamente aceptable. En consecuencia, se ha multiplicado el número de grupos y comités creados para supervisar y arbitrar sus diferentes programas, e incluso después de la aprobación del acuerdo en 1997, se consideró necesario entablar nuevas negociaciones para especificar las instrucciones sobre la manera de instrumentalizarlo. Estas normas, adoptadas en 2001, se conocen con el nombre de “Acuerdos de Marrakech”.
* Los tratados internacionales deben tratar de conseguir un delicado equilibrio. Los que se proponen conseguir un apoyo general muchas veces no son lo bastante enérgicos como para resolver los problemas que tratan de solucionar (como se consideraba que la Convención Marco presentaba esa deficiencia, a pesar de sus numerosas y valiosas disposiciones, se creó el Protocolo con la finalidad de complementarla). En cambio, los tratados con disposiciones firmes pueden tener problemas a la hora de conseguir el apoyo necesario para que resulten eficaces.
* Lo que ahora se necesita realmente es que el Protocolo consiga ratificaciones suficientes para entrar en vigor. Lo mismo que el Protocolo en general, esta materia es complicada. El Protocolo será jurídicamente vinculante cuando lo hayan ratificado no menos de 55 países, entre los que se cuenten países desarrollados cuyas emisiones totales representen por lo menos el 55% del total de las emisiones de dióxido de carbono en 1990. Ello no ha ocurrido todavía. El principal problema es que deben decidir adherirse más naciones industrializadas que se verán afectadas por los límites de emisión del Protocolo. Una segunda preocupación es que los Estados Unidos y Australia han manifestado que no apoyarán ya el tratado.
* Al mismo tiempo, una novedad positiva es que algunos mecanismos del Protocolo cuentan con apoyo suficiente y se están estableciendo antes incluso de la entrada en vigor del Protocolo. Por ejemplo, el Mecanismo para un desarrollo limpio –a través del cual los países industrializados pueden cumplir en parte sus objetivos vinculantes de emisión mediante “créditos” obtenidos patrocinando proyectos que reducen las emisiones de gases de efecto invernadero en los países en desarrollo– cuentan ya con una junta ejecutiva que está preparando algunas propuestas.
DECLARACIÓN DE RÍO DE JANEIRO
ANTECEDENTES
En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, la comunidad internacional abordó el reto de articular un modelo de desarrollo global que, sin restar independencia a las decisiones nacionales, fuera capaz de trazar parámetros comunes para asegurar, conjuntamente con el desarrollo económico, el bienestar social y ambiental de la humanidad. Durante ese foro, se planteó el desarrollo sustentable como la única estrategia a seguir para asegurar un desarrollo ambientalmente adecuado y de largo plazo.
México adoptó medidas para avanzar hacia una sociedad sustentable, mismas que se tradujeron en el desarrollo de instituciones ambientales y en la modernización de la gestión ambiental. También se iniciaron cambios en los esquemas de aprovechamiento de recursos naturales para que su desempeño fuera acorde con el medio ambiente. Sin embargo, los logros alcanzados resultaron modestos comparados con los retos que ha enfrentado la sociedad mexicana en las últimas décadas. Las tasas de degradación ambiental continúan, e incluso, aumentan después de la Conferencia de Río, por lo que se demanda, con sentido de urgencia y alta prioridad política, una nueva estrategia, una nueva visión y, sobre todo, un nuevo compromiso político dirigido a promover el desarrollo sustentable en México.
Diez años después de Río, y respondiendo al mandato de la Resolución 55/199 de la Asamblea General de Naciones Unidas, los líderes del mundo han decidido reunirse nuevamente en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sustentable (CMDS), en Johannesburgo, Sudáfrica, para evaluar el cumplimiento de la Agenda 21 y los avances hacia la sustentabilidad alcanzados por los países participantes, así como las tareas que aún están pendientes.
Como parte de los preparativos para la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Medio Ambiente y Recursos Naturales Jorge G. Castañeda y Víctor Lichtinger, respectivamente, instalaron el Comité Nacional Preparatorio para dicha Cumbre, con el propósito de actuar conjuntamente entre gobierno y sociedad para establecer la posición de México ante este evento de trascendencia internacional.
En ese contexto, la Semarnat ha promovido la participación social, con el apoyo de la Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia, mediante el Proyecto PNUD- Semarnat, así como de diversos organismos públicos y privados, a través de talleres y seminarios en los que se convocó a un amplio proceso de consulta abierta, incluyente, y equitativa en torno a temas prioritarios relacionados con la protección del medio ambiente y la promoción del desarrollo sostenible a escala global.
Para esta labor se contó con la participación de integrantes de los Consejos Consultivos Regionales para el Desarrollo Sustentable y de los Grupos Principales, habida cuenta del trabajo continuo y propicio que han realizado por muchos años y muchos de ellos desde el proceso que se inició a partir de la Cumbre de Río en 1992.
deisy guerrero ,yulieth pineda
katherine rincon tatiana marcela garcia castañeda
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miércoles, 14 de noviembre de 2012
ATT: MIGUEL ANGEL CHACON H.
Declaración
de Río de Janeiro:
(LOS 5 PRIMEROS ACUERDOS)
1.
Nosotros los Jefes de Estado y de Gobierno de
la
Unión Europea y de América Latina y el
Caribe,
hemos decidido promover y desarrollar
nuestras
relaciones hacia una asociación
estratégica
birregional, basada en la profunda
herencia
cultural que nos une y en la riqueza y
diversidad
de nuestras respectivas expresiones
culturales.
Las mismas nos han conferido
acentuadas
identidades multifacéticas, así
como
la voluntad de contribuir para la creación
de
un ambiente internacional que nos permita
elevar
el bienestar de nuestras sociedades y
cumpliendo
con el principio del desarrollo
sostenible,
aprovechando las oportunidades
que
ofrece un mundo cada vez más
globalizado,
en un espíritu de igualdad,
respeto,
alianza y cooperación entre nuestras
regiones.
2. La asociación estratégica reúne a dos actores
relevantes en el escenario internacional actual.
América Latina y el Caribe está llamada a ser
una de las regiones más florecientes del siglo
XXI, a partir de los importantes avances que en
los últimos años han registrado en los ámbitos
político, económico y social. Por ello la región
se ha propuesto perseverar en el avance de los
procesos democráticos, de la igualdad social,
de los esfuerzos de modernización, de la
apertura comercial y en las reformas
estructurales de base amplia. La Unión
Europea, a su vez, ha avanzado hacia una
integración histórica con múltiples implicaciones
a nivel global en asuntos políticos, económicos, sociales, financieros y de comercio, que ha producido una constante mejora en los niveles de vida de sus
sociedades.
3. Esta asociación
estratégica se sustenta en el
pleno respeto al derecho
internacional y en los
propósitos y principios
contenidos en la Carta
de las Naciones Unidas;
los principios de no
intervención, respeto de
la soberanía, igualdad
entre Estados y
autodeterminación constituyen
la base de las relaciones
entre nuestras
regiones.
4. Esta asociación está
construida y contribuirá al
fomento de objetivos
comunes tales como el
fortalecimiento de la
democracia representativa
y participativa y las
libertades individuales, el
Estado de derecho, la
gobernabilidad, el
pluralismo, la paz y
seguridad internacionales,
la estabilidad política y
el fomento de la
confianza entre las
naciones.
5.
Destacamos la universalidad de todos los derechos
humanos;
la necesidad de revertir la
degradación
ambiental y promover el desarrollo
sostenible
a través de la conservación y el uso
sostenible
de los recursos naturales; la
cooperación
para la recuperación,
preservación,
difusión y expansión de los
patrimonios
culturales; la eficaz incorporación
del
conocimiento científico y del avance
tecnológico
a los sistemas educativos de todos
los
niveles de enseñanza, y la lucha contra la
pobreza
y contra las desigualdades sociales y
de
género.
ATT: MIGUEL ANGEL CHACON H.
PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS
NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO
Las
negociaciones del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático se completaron el 11 de diciembre de 1997, y comprometen
a las naciones industrializadas a alcanzar objetivos específicos, legalmente
obligatorios, de emisiones de seis gases del efecto de invernadero. El tratado
se abrió a la firma el 16 de marzo de 1998.
REDUCCIONES
DE EMISIONES.
De
acuerdo con el protocolo, Estados Unidos estará obligado a una reducción del 7
por ciento de todos los seis gases del efecto de invernadero por debajo de los
niveles de 1990, promediada durante el periodo del compromiso, que va del 2008
al 2012.Los seis gases cubiertos por el tratado son el bióxido de carbono
(CO2), el metano (CH4), el óxido nitroso (NO2), los hidrofluorocarbonos (HFC),
los perfluorocarbonos (PFC) y el hexafloruro de azufre (SF6). El más prominente
de estos y el más difundido en la actividad económica humana es el bióxido de
carbono, que se produce cuando se queman madera o combustibles fósiles como el
petróleo, el carbón y el gas.
RESPONSABILIDADES
DE LOS PAISES EN DESARROLLO. Estados Unidos había adoptado una posición firme
en el sentido de que la "participación significativa" de los países
en desarrollo en los compromisos contraídos según el protocolo es esencial para
que el Senado estadounidense apruebe el tratado, y argumentó que para resolver
con éxito el problema del cambio climático y el calentamiento mundial se
requeriría tal participación. El
protocolo reclama de todas las partes -- desarrolladas y en desarrollo -- que
tomen un cierto número de medidas para formular programas nacionales y
regionales encaminados a mejorar los "factores de emisión locales", Las
reducciones de emisiones logradas mediante este mecanismo pueden, a partir del
2000, comenzar a contar para el cumplimiento del primer periodo de compromiso
(2008-2012). Nuevamente, los detalles específicos de cómo operará este
mecanismo se desarrollarán y, presumiblemente, aclararán en la Conferencia de
las Partes de noviembre de 1998.
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